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Licencia Ambiental en Badalona

By Clara Cadierno 1 comentario

Cirtec diseña su Licencia Ambiental en el municipio barcelonés

Nuestro objetivo es que emprenda su actividad o negocio en Badalona con éxito. Para ello, diseñamos los proyectos, planos y memorias indispensables para su Licencia Ambiental en Badalona. Asimismo, le dotamos de las herramientas para su Declaración responsable de actividad en Badalona, entre otras labores. A continuación, explicamos todos los procedimientos para su actividad en el municipio barcelonés.

Para ampliar la información, puede contactar con:

Teléfono: 696096111

E-mail: info@cirtec.net

Los trámites en Badalona están caracterizados por su sencillez y por prestar especial atención al medio ambiente y las actividades recreativas. De ahí, que tenga particular relevancia la Licencia Ambiental en Badalona.

Los procedimientos, en función de la actividad a desarrollar, son:

  1. Comunicación ambiental
  2. Comunicación municipal
  3. Declaración responsable
  4. Comunicación de actividad recreativa
  5. Licencia Ambiental
  6. Licencia de actividad recreativa

¿Cómo tramitar su Comunicación ambiental en Badalona?

El Ayuntamiento de Badalona dispone la Comunicación ambiental como una comunicación previa para actividades con poca incidencia ambiental y las incluidas en el anexo III de la Ley 20/2009.

Puede solicitarla cualquier persona física o jurídica que quiera emprender una actividad. La podrá gestionar de forma presencial.

Comunicación Ambiental en Badalona

Comunicación ambiental en Badalona

¿Qué documentación técnica necesita?

La documentación técnica que ha de presentar (dos copias) ha de contener como mínimo lo siguiente:

  • Información de la empresa y del establecimiento.
  • Información gráfica suficiente que describa todos los detalles de la actividad.
  • Información descriptiva con la justificación detallada de la normativa de aplicación (incendios, ruidos, ventilación, extracción de humos, urbanística, entre otros).
  • Certificación técnica, firmada por el técnico proyectista, con el contenido literal del art.118 y 118.1.a de la Ordenanza municipal de actividades.
  • Certificación técnica firmada por una EAC (Entidad Ambiental de Control), con el contenido literal de los artículos 118 y 118.1.b de la Ordenanza municipal de actividades.
  • En caso de no haber hecho ninguna obra ni intervención en el establecimiento, declaración firmada por el titular que lo refleje.
  • En su caso, un acta de control de una EAC en materia de incendios, en los supuestos del anexo 1 de la Ley 3/2010, de 18 de febrero de prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios.
  • En caso de que aún no disponga del informe favorable de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Generalitat, y sea preceptivo, ha de tramitar previamente una licencia urbanística. Dicha licencia se ha de gestionar de acuerdo con el anexo I de la Ordenanza de Obras Menores.
  • Declaración responsable de técnico competente, con modelo normalizado, en caso de no visar la documentación técnica.
  • Opcionalmente, declaración de confidencialidad de los datos.
  • Hoja de declaración de datos económicos a efectos de cálculo de la tasa.
  • Fotografías de la fachada, con el establecimiento a punto de iniciar la actividad.
  • En caso de disponer de extracción de humos alternativa, certificado que acredite su eficacia, inocuidad y eliminación de molestias.
  • Certificado acústico, del técnico o de una EAC según el caso, de acuerdo con la ordenanza municipal de ruidos.
  • En caso de tener que disponer de plazas de aparcamiento fuera del establecimiento, vinculación notarial del propietario de las plazas con la actividad.
  • En caso de actividades alimentarias, declaración responsable sanitaria de acuerdo con el Real Decreto 191/2011.
  • En su caso, memoria de seguridad de acuerdo con lo previsto en el artículo 42 del Decreto 112/2010.

¿En qué radica la Comunicación municipal en Badalona?

La comunicación municipal  en Badalona se centra en actividades inocuas. Se trata de una comunicación previa al inicio de este tipo de actividades.

Comunicación municipal en Badalona

Comunicación municipal en Badalona

La puede solicitar cualquier persona física o jurídica, de forma presencial, que quiera ser titular de una actividad.

La documentación técnica a aportar, en dos copias, ha de estar firmada por la persona interesada y el técnico competente. Ha de contener, como mínimo, los documentos que especificamos a continuación:

  • Información de la empresa y establecimiento.
  • Información gráfica suficiente para describir todos los detalles de la actividad.
  • Certificación técnica, firmada por el técnico proyectista, con el contenido literal del artículo 118 de la Ordenanza municipal de actividades.
  • En caso de no haber hecho ninguna obra o intervención en el establecimiento, declaración firmada por el titular que lo refleje.
  • En su caso, acta de control de una EAC (Entidad Ambiental de Control) en materia de incendios. En este supuesto, de acuerdo con el anexo 1 de Ley 3/2010, de 18 de febrero, de prevención y seguridad en materia de incendios, en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios.
  • En caso de que aún no se disponga del informe favorable de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Generalitat, y sea preceptivo, hay que tramitar previamente una licencia urbanística de acuerdo con el anexo I de la Ordenanza de Obras Menores.
  • Declaración responsable de actividad, del técnico competente, con modelo normalizado, en caso de no visar la documentación técnica.
  • Opcionalmente, declaración de confidencialidad de los datos.
  • Hoja de declaración de datos económicos a efectos de cálculo de la tasa.
  • Fotografías de la fachada, con el establecimiento a punto de iniciar la actividad.
  • En caso de disponer de extracción de humos alternativa, certificado que acredite su eficacia, inocuidad y eliminación de molestias.
  • Certificado acústico, del técnico o de una EAC según el caso, de acuerdo con la Ordenanza municipal de ruidos.
  • En caso de tener que disponer de plazas de aparcamiento fuera de la parcela del establecimiento, vinculación notarial del propietario de las plazas con la actividad.
  • En caso de actividades alimentarias, declaración responsable de acuerdo con el Real Decreto 191/2011.
  • En su caso, memoria de seguridad de acuerdo con lo previsto en el artículo 42 del Decreto 112/2010.

¿Cómo acometer su Declaración responsable de actividad en Badalona?

Según la normativa municipal, la Declaración responsable de actividad en Badalona consiste en la previa puesta en conocimiento del Ayuntamiento, desde la fecha de su presentación, del inicio de una actividad clasificada. Esta está contenida en el anexo I de la Ley 16/2015.

La persona titular, declara, bajo su responsabilidad, los siguientes supuestos:

  • Cumple con los requisitos establecidos por la normativa vigente para acceder al ejercicio de la actividad.
  • Dispone, permanentemente, en el establecimiento, de toda la documentación que justifica las respuestas al cuestionario adjunto a su solicitud. Este documento ha de estar rellenado por un técnico competente.
  • Se compromete a mantener el cumplimiento de la normativa durante la vigencia del ejercicio de la actividad.

Con respecto a la Declaración responsable de actividad en Badalona, y conforme a las facultades de comprobación que se le atribuyen a la Administración, previstas en el artículo 71 bis-3 de la Ley 30/92, el Ayuntamiento podría requerir, en cualquier momento lo que expresamos a continuación. Esto es, que en un plazo de audiencia de quince días hábiles, se presente ante el Departamento de Licencia de Actividades del Ayuntamiento de Badalona, la documentación justificativa antes mencionada.

En el caso de que se le requiera la documentación al titular, en caso de no presentarla, no se entenderá por cumplimentada la declaración responsable. En este supuesto, según la normativa vigente, desde el momento final del plazo de requerimiento, no se podrá ejercer la actividad.

La Declaración responsable de actividad en Badalona, la ha de realizar la persona física o jurídica titular de la actividad. Además, se requiere la firma de un técnico competente para el certificado y el cuestionario técnico.

Declaración responsable en Badalona

Declaración responsable en Badalona, tramitada por un técnico

La documentación que necesita para realizar el trámite es:

  • Dos copias de instancia normalizada de solicitud.
  • La hoja de declaración de datos a efectos de cálculo de la tasa.

¿Qué determina el comienzo de una actividad recreativa o espectáculo público en Badalona?

Si quiere emprender una actividad recreativa o espectáculo público en el municipio barcelonés, ha de someterse al procedimiento de comunicación previa al inicio de este tipo de actividades. Están recogidas en la Ley 11/2009 de 6 de julio, de regulación administrativa de los espectáculos públicos y actividades recreativas. Igualmente, están sometidas al Decreto 112/2010 de 31 de agosto, por el que aprueba el Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas que la desarrolla.

Comunicación de actividad recreativa

Comunicación de actividad recreativa

La solicitud corresponde a cualquier persona física o jurídica que quiera acometer el inicio de una actividad de concurrencia pública.

¿Cuál es la documentación técnica que ha de presentar para su actividad recreativa?

La documentación que ha de aportar es la que exponemos seguidamente:

Documentación técnica. Tres copias de la misma, firmadas por el interesado y el técnico. El contenido mínimo de esta documentación es la que sigue:

  • Información de la empresa y del establecimiento.
  • Información gráfica suficiente para describir todos los detalles de la actividad.
  • Información justificativa detallada de la normativa de aplicación: incendios, ruidos, ventilación, extracción de humos, urbanística, etc.
  • Certificación técnica, del técnico proyectista, con el texto literal del artículo 118 y 118.1 de la
  • En caso de no haber hecho ninguna obra ni intervención en el establecimiento, declaración firmada por el titular que lo refleje. Debe contener tanto la identificación completa del establecimiento como del titular.
  • Declaración responsable de que el establecimiento o la actividad cumple los requisitos establecidos en el Decreto 112/210, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de espectáculos y actividades recreativas.
  • En su caso, solicitud –sellada de acuerdo ya se ha presentado o se presenta en el mismo momento como trámite independiente- de la Licencia de ocupación del espacio de uso público para terrazas (documento TER).
  • En caso de que aún no se disponga del Informe favorable de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Generalitat de Cataluña. Además, siempre que sea preceptivo hay que tramitar previamente una licencia urbanística de acuerdo con el anexo I de la Ordenanza de Obras Menores.
  • Declaración responsable de técnico competente, con modelo normalizado, en caso de no visar la documentación técnica.
  • Opcionalmente, declaración de confidencialidad de los datos.
  • Hoja de declaración de datos económicos a efectos de cálculo de la tasa.
  • Fotografías de la fachada, con el establecimiento a punto de iniciar la actividad.
  • En caso de disponer de extracción de humos alternativa, certificado que acredite su eficacia, inocuidad y eliminación de molestias.
  • Certificado acústico de una EAC, de acuerdo con la Ordenanza municipal de ruidos.
  • En caso de tener que disponer de plazas de aparcamiento fuera de la parcela del establecimiento, vinculación notarial del propietario de las plazas con el inicio de la actividad.
  • En caso de actividades alimentarias, declaración responsable sanitaria de acuerdo con el Real Decreto 191/2011.
  • En su caso, memoria de seguridad de acuerdo con lo previsto en el artículo 42 del Decreto 112/2010.

¿Cómo resolver su Licencia Ambiental en Badalona?

Para las actividades que suponen una incidencia ambiental, el Ayuntamiento dispone del procedimiento de la Licencia Ambiental en Badalona. Dichas actividades están incluidas en el anexo II de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de actividades. (LPCAA).

Licencia Ambiental en Badalona

Actividades sujetas a Licencia Ambiental en Badalona

Pueden solicitarla cualquier persona física o jurídica que desee iniciar alguna de las actividades contenidas en el anexo II  de la citada Ley LPCAA.

Los impresos que solicita el Ayuntamiento para su Licencia Ambiental en Badalona son los siguientes:

  • Instancia de solicitud normalizada
  • Hoja de autoliquidación de tasas
  • Declaración responsable del técnico/a competente
  • Declaración responsable respecto al Estudio de Impacto Acústico

¿Qué documentación ha de aportar para su Licencia Ambiental en Badalona?

La documentación que ha de adjuntar a su Licencia Ambiental en Badalona es la que exponemos seguidamente:

  • Dos copias de la instancia de solicitud normalizada.
  • Cinco copias del proyecto básico con estudio ambiental, firmado por el personal técnico competente. Esta ha de contener la información que se detalla en la hoja de instancia de solicitud.

Proyecto para su Licencia Ambiental en Badalona

Proyecto para su Licencia Ambiental en Badalona

  • La designación del personal técnico responsable de ejecutar el proyecto.
  • Declaración de los datos contenidos en el proyecto técnico y demás documentación complementaria que se acompaña a la instancia de solicitud. A criterio de quien la solicita, han de gozar de confidencialidad de acuerdo con la legislación aplicable.
  • Cualquier otra documentación que se determine reglamentariamente o sea exigible por la legislación ambiental aplicable a la actividad.
  • En su caso, el informe urbanístico del Ayuntamiento, acreditativo de la compatibilidad de la actividad con el planeamiento urbanístico. Si se ha agotado el plazo de expedición del informe, copia de la solicitud y de la documentación presentada en que figure la fecha de presentación en el registro municipal.
  • Para actividades que no están incluidas en la legislación de accidentes graves y proyecten tener alguna de las sustancias químicas o categoría de sustancias tóxicas o muy tóxicas. Todo ello, de conformidad con lo que se establezca en la normativa de seguridad industrial. En este supuesto, es preceptivo el informe que debe emitir el departamento competente en esta materia según establece el artículo 60 de la LPCAA.
  • En el caso de una modificación sustancial en una actividad ya autorizada, la solicitud y la documentación deben referirse a la parte o partes de la actividad que se modifica en relación a toda la actividad y los aspectos del medio afectados por la modificación. Con respecto a esta reforma parcial, siempre que permita una evaluación ambiental diferenciada del conjunto de la actividad, para que no se produzcan efectos aditivos en el conjunto de las emisiones.
  • Resguardo acreditativo de haber efectuado el pago de la tasa por la tramitación del expediente. Todo ello, de acuerdo con lo que disponga la correspondiente Ordenanza fiscal (modelo normalizado)
  • Dos fotografías de la fachada, con una visión globalizada.
  • Relación de vecinos.
  • En caso de no estar visado el proyecto y/o certificado, la acreditación de técnico competente, deberá hacerse mediante Declaración responsable que se adjunta a la Instancia de solicitud.
  • Cuando se trate de actividades susceptibles de generar ruidos y/o vibraciones incluidas en el grupo I, II y III. Así como las actividades que, razonadamente, el Ayuntamiento considere de especial incidencia acústica, del anexo 12 de la Ordenanza reguladora de ruidos y vibraciones se deberá aportar (si no se ha hecho ya con la licencia urbanística solicitada o comunicación de obras realizada), un Estudio de Impacto Acústico, con memoria técnica y planos de acuerdo con las prescripciones que le sean objeto, contenidas en el anexo 10 de la citada Ordenanza. El técnico redactor del proyecto y, en caso de que sea diferente, el director de obras, realizará/n una Declaración Responsable. En ella se compromete a que, bajo su responsabilidad, las medidas contempladas en el Estudio de Impacto Acústico son adecuadas y suficientes para el cumplimiento de los valores límite de inmisión que indica la Ordenanza reguladora de ruidos y vibraciones. En este supuesto, tanto con respecto a los trabajos de ejecución de obras como los del funcionamiento de la actividad y sus instalaciones.
  • En cuanto a las actividades incluidas en los grupos referidos en el artículo 22.1 de la Ordenanza reguladora de ruidos y vibraciones, los controles iniciales y/o los controles periódicos, se deberá aportar un certificado expedido por una Entidad Ambiental de Control (EAC) o equivalente. Este ha de justificar que las medidas atenuadoras proyectadas, cumplen los requerimientos establecidos y que se cumplen, mediante mediciones, los valores límite de inmisión que sean de aplicación tanto en ambiente exterior como interior. Para el resto de actividades, será necesario que el técnico director del proyecto certifique el cumplimiento de las medidas atenuadoras proyectadas y los niveles de inmisión.
  • En caso de actividades relacionadas con productos alimenticios, declaración responsable sanitaria.

En Cirtec disponemos de un equipo de ingenieros, ingenieros técnicos, arquitectos y arquitectos técnicos que diseñará su Licencia Ambiental en Badalona con garantías. Para tal fin, elaborarán los proyectos técnicos, memorias, planos, entre otros servicios. Pida presupuesto para su Licencia Ambiental en Badalona, si desea iniciar una actividad de estas características.

¿Cómo elaborar su Licencia de actividad recreativa en Badalona?

El proceso que establece el Ayuntamiento para actividades de concurrencia pública, es una Licencia municipal previa al inicio de espectáculos públicos o actividades recreativas. Están incluidas en la Ley 11/2009, del 6 de julio, de regulación administrativa de los espectáculos públicos y actividades recreativas. Asimismo, se incorporan en el Decreto 112/2010 de 31 de agosto, que la desarrolla.

La puede pedir, presencialmente, cualquier persona física o jurídica que quiera ser titular de una actividad.

Proyecto para su Licencia de actividad recreativa en Badalona

Proyecto para su Licencia de actividad recreativa en Badalona

¿Qué documentación ha de añadir?

La documentación técnica es la base, por triplicado y firmada por el interesado y el técnico. El contenido mínimo de dicha documentación es el que sigue:

  • Información de la empresa y del establecimiento.
  • Información gráfica suficiente para describir todos los detalles de la actividad.
  • Información descriptiva con justificación detallada de la normativa de aplicación: incendios, ruidos, ventilación, extracción de humos, urbanística, etc.
  • Hoja de declaración de datos económicos a efectos de cálculo de la tasa.
  • En su caso, solicitud (sellada de acuerdo ya se ha presentado o se presenta en el mismo momento, como trámite independiente) de la Licencia de Ocupación del Espacio de Uso Público para Terrazas (documento “TER”)
  • En su caso, memoria de seguridad, de acuerdo con lo previsto en el artículo 42 del Decreto 112/2010.
  • En caso de no estar visado el proyecto y/o certificado, la acreditación del técnico competente. Esta ha de hacerse mediante Declaración responsable que se adjunta a la Instancia de solicitud.
  • En su caso, declaración responsable de la persona titular u organizadora donde haga constar el compromiso de contratación de un seguro de responsabilidad civil que cubre el riesgo y de disponibilidad de la finca o local, mientras dure la actividad.
  • Opcionalmente, declaración responsable de los datos.
  • Documentación fotográfica, con un mínimo de dos fotografías, de la fachada y/u otros aspectos morfológicos del local y/o del local en relación con su entorno.
  • Relación de vecinos.
  • Estudio de impacto acústico.

En conclusión, para emprender cualquier tipo de actividad en el municipio de Badalona requiere documentación técnica, independientemente de las particularidades del procedimiento. Por ello, en Cirtec le brindamos la posibilidad de contratar nuestros servicios, entre los que se encuentran la elaboración de proyectos técnicos, memorias descriptivas, planos, entre otros.

Impresos para los procedimientos en Badalona

Seguidamente, exponemos los impresos imprescindibles para emprender su actividad en Badalona:

  • Comunicación ambiental
  • Comunicación municipal
  • Declaración responsable
  • Comunicación de actividad recreativa
  • Licencia Ambiental
  • Licencia de actividad recreativa

¿Cuáles son otros de nuestros servicios?

No sólo nos ceñimos a la elaboración de proyectos técnicos para el desarrollo de actividades, memorias y planos, sino que también le brindamos otros servicios como son:

– Proyecto de Instalación eléctrica de baja tensión y media tensión

– Proyecto de Instalación de protección contra incendios

– Documentación Técnica de Instalación de climatización

–  Proyecto de Instalación de refrigeración

– Memoria técnica y planos para Declaración Responsable

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Licencia Ambiental en Sabadell

Declaración responsable en Terrasa

Licencia de Actividad en Hospitalet de Llobregat

Licencia de Apertura en Barcelona

Publicado en: Licencias urbanísticas, Urbanismo y Arquitectura

Licencia de Actividad en Hospitalet de Llobregat

By Clara Cadierno 2 comentarios

Cirtec administra su Licencia de Actividad en el municipio barcelonés

El Ayuntamiento de Hospitalet de Llobregat promueve el inicio de actividades y negocios. Lo hace para facilitar la libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios. Asimismo, opta por simplificar los procedimientos. Estos se rigen por la Licencia de Actividad en Hospitalet de Llobregat, la Declaración Responsable y la Comunicación Previa, entre otros. En Cirtec le brindamos los proyectos, memorias y planos que necesita para abordar su actividad, además de otros servicios.

Para ampliar la información, puede contactar directamente con nuestro responsable en Hospitalet de Llobregat:

José López

jlopez@cirtec-ingenieria.es

mov. 609049369

tel. 932425001

El Ayuntamiento de Hospitalet de Llobregat regula el ejercicio de actividades a través de dos ordenanzas:

  • ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL LIBRE ACCESO A LAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS Y SU EJERCICIO EN EL MUNICIPIO DE HOSPITALET DE LLOBREGAT
  • ORDENANZA DE INTERVENCIÓN CONJUNTA SOBRE LAS ACTIVIDADES Y LOS ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DE HOSPITALET DE LLOBREGAT

Por otra parte, establece las características de las actividades: por un lado, tipifica las  inofensivas y por otro, las que pueden causar impacto sobre el medio ambiente.

Actividades nocivas para el medio ambiente

Actividades que pueden tener impacto sobre el medio ambiente

Los procesos en el municipio, según la primera ordenanza nombrada, están caracterizados por:

  • Licencia de Actividad en Hospitalet de Llobregat
  • Declaración previa de actividad
  • Comunicación responsable de actividad
  • Control posterior al inicio de la actividad

La segunda ordenanza regula las actividades recreativas y espectáculos públicos. Los procesos que establece, según el carácter de la actividad, son los que siguen:

  • Licencia municipal ambiental
  • Licencia municipal de establecimientos abiertos al público
  • Comunicación previa
  • Declaración responsable o autorización sanitaria previa
  • Prevención de incendios

¿Cuáles son las características de la Licencia de Actividad en Hospitalet de Llobregat para actividades de servicios?

En primer lugar, la Licencia de Actividad en Hospitalet de Llobregat se aplica a aquellas actividades que puedan afectar al medio ambiente y a la seguridad.

Licencia de Actividad en Hospitalet de Llobregat

Licencia de Actividad en Hospitalet de Llobregat

Asimismo, la normativa municipal estipula, para la Licencia de Actividad en Hospitalet de Llobregat, un régimen de autorización, con los siguientes principios:

  • No discriminación: Que el régimen de autorización no resulte discriminatorio ni directa ni indirectamente, por motivos de nacionalidad, lugar de nacimiento, residencia o empadronamiento. En lo que se refiere a sociedades, por razón de su ubicación o domicilio social.
  • Necesidad: Que el régimen de autorización esté justificado por una razón imperiosa de interés general.
  • Proporcionalidad: Que dicho régimen siga el instrumento más adecuado para garantizar la consecución del objetivo que se persigue porque no existieran otras medidas menos restrictivas que permitan obtener el máximo resultado.

En lo que respecta a los establecimientos y sucursales, la prestación o ejercicio de actividades económicas, no quedan sometidos, por sí mismos, a control municipal.

La apertura de delegaciones o sucursales, queda sometida al control establecido respecto a los establecimientos en general. No obstante, el Ayuntamiento no precisa la presentación de documentación. Ni tampoco el cumplimiento de los requisitos no específicamente ligados a establecimientos físicos y que hayan estado acreditados por otras Administraciones públicas europeas.

¿Cómo se aplica la Licencia de Actividad en Hospitalet de Llobregat para espectáculos públicos y actividades recreativas?

La Licencia de Actividad en Hospitalet de Llobregat para este tipo de labores, según establece la ordenanza municipal, se caracteriza por estar sometida a registro municipal de actividades. Estas son todas las recreativas y espectáculos públicos.

Licencia de Actividad para espectáculos públicos y actividades recreativas

Licencia de Actividad para actividades recreativas y espectáculos públicos

Los datos estarán estructurados con la finalidad de integrar y compartir la información contenida en las bases de datos y los registros previstos en la normativa autonómica o estatal en materia ambiental, de espectáculos públicos y actividades recreativas. O de cualquier otra de similares características.

Las inscripciones en el Registro municipal de actividades se habrán de formalizar de oficio en el momento de resolver la solicitud de licencias, de pronunciarse sobre la recepción, la comprobación y el control de comunicaciones previas y declaraciones responsables. O bien dar a término las otras intervenciones administrativas de su competencia que sean objeto de inscripción.

Su licencia municipal, en marcha

Algunos establecimientos de concurrencia pública están sometidos a licencia municipal tipo “a”. Según la normativa vigente, este régimen es aplicable a:

  • Licencia municipal ambiental.
  • Licencia municipal de establecimientos abiertos al público.
  • Cualquier otra licencia prevista en la legislación, de competencia municipal, que incorpore un trámite de información pública y audiencia vecinal. En todos aquellos aspectos que no sean incompatibles con este régimen.

Licencia municipal en Hospitalet de Llobregat

Licencia municipal en Hospitalet de Llobregat

Dicha licencia municipal se ha de presentar al Ayuntamiento y habrá de contener la siguiente documentación:

  • Resguardo acreditativo de haber pagado la tasa para la tramitación de la licencia. En este caso, de acuerdo a las ordenanzas fiscales vigentes en el momento de presentar la solicitud.
  • Proyecto técnico, certificaciones, declaraciones responsables o cualquier otra documentación exigida por la normativa aplicable y/o las instrucciones de desarrollo de esta ordenanza.

Otros establecimientos públicos y actividades recreativas se someten a la licencia municipal tipo “b”. La diferencia con la anterior licencia municipal es que, en este caso, la normativa aplicable no incorpora un trámite de información pública y audiencia vecinal.

La licencia municipal ha de acompañarse por la siguiente documentación:

  • Resguardo acreditativo de haber efectuado el pago de la tasa para la tramitación de la licencia, de acuerdo con las ordenanzas fiscales vigentes en el momento de la presentación.
  • Proyecto técnico, certificaciones, declaraciones responsables o cualquier otra documentación exigida por la normativa aplicable y/o las instrucciones de desarrollo de esta Ordenanza.

Peculiaridades de la comunicación previa y la declaración responsable para las actividades de servicios

En base a la primera ordenanza citada, el Ayuntamiento de Hospitalet de Llobregat, aúna la comunicación previa y la declaración responsable.

De este modo, el régimen de comunicación previa y declaración responsable relativo al establecimiento de una actividad, habrá de regularse, en cada caso, de acuerdo a lo previsto en la Ley 17/2009 y en la citada ordenanza.

La Declaración responsable es aquel documento suscrito por un interesado en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente. Estos le dotan para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio. Ha de disponer de la documentación que así lo acredita. Asimismo, se compromete a mantener su cumplimiento durante la vigencia de la actividad.

La comunicación previa, por su parte, es aquel documento mediante el cual los interesados ponen en conocimiento de la Corporación local sus datos identificativos y demás requisitos exigibles para el ejercicio de un derecho o el inicio de una actividad. Todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Comunicación previa y Declaración responsable en Hospitalet de Llobregat

Comunicación previa y declaración responsable en Hospitalet de Llobregat

Tanto la comunicación previa como la declaración responsable, producen los efectos que se determinen en cada caso a la normativa correspondiente. Permiten, con carácter general, el establecimiento y el inicio de una actividad desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que corresponden al Ayuntamiento.

Aún así, la comunicación previa podrá presentarse con posterioridad al inicio de la actividad.

La comunicación previa para comenzar una actividad recreativa o espectáculo público

A través de la comunicación previa en Hospitalet de Llobregat, la persona interesada pone en conocimiento del Ayuntamiento los hechos y documentación necesarios para iniciar o modificar una actividad o espectáculo público.

La comunicación previa se ha de presentar con carácter previo al inicio o modificación de la actividad o espectáculo público objeto de la materia. Se efectuará bajo la exclusiva responsabilidad de la persona interesada y de las personas que hayan elaborado la documentación presentada.

La ordenanza municipal establece, asimismo, que con la finalidad de permitir el control posterior de la actividad, el Ayuntamiento puede exigir que la comunicación previa se adecúe a los modelos aprobados por la correspondiente instrucción de desarrollo. Por ello, podrá exigir la información y/o documentación necesarias para:

  • Identificar a la persona titular y a sus representantes
  • Describir detalladamente la actividad o espectáculo público
  • Delimitar el emplazamiento donde se establecerá
  • Justificar el cumplimiento de la legislación aplicable
  • Determinar la compatibilidad de la actividad con el planeamiento urbanístico

¿Qué documentación ha de adjuntar a su comunicación previa?

Ha de presentar su comunicación previa ante el Ayuntamiento, acompañándola de la siguiente documentación:

  • Resguardo acreditativo de haber efectuado el pago de la tasa para la verificación y control posterior de la comunicación previa. En este caso, de acuerdo con las ordenanzas fiscales vigentes en el momento de la presentación de la comunicación.
  • Justificantes de disponer las autorizaciones exigidas por la normativa para poder iniciar la actividad.
  • Declaración responsable o autorización sanitaria, en los supuestos previstos en el artículo 40 de esta Ordenanza.
  • Los certificados ambientales específicos establecidos en las instrucciones de desarrollo de esta ordenanza. El propósito es acreditar el cumplimiento de la normativa vigente en aquellos casos en los que la actividad genere emisiones de cualquier tipo. Especialmente de gases, humos, ruidos, vibraciones radioeléctricas, luces al exterior en horario nocturno, olores, agua contaminada o residuos no asimilables. Estas certificaciones podrán ser entregadas por una entidad colaboradora de la Administración.
  • Planos, proyectos o cualquier otra documentación exigida por la normativa aplicable y/o las instrucciones de desarrollo de esta Ordenanza.

Planos para su Comunicación previa en Hospitalet de Llobregat

Planos para su comunicación previa en Hospitalet de Llobregat

El equipo técnico de Cirtec le dota de los planos y proyectos técnicos necesarios para que emprenda su actividad recreativa o espectáculo público en Hospitalet de Llobregat.

¿Cómo gestionar su Declaración responsable en Hospitalet de Llobregat para ejercicios de concurrencia pública?

Mediante la declaración responsable la persona interesada declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos por la normativa de aplicación. Esto le dota para acceder al reconocimiento de un derecho o de una facultad relativos a una actividad o a su ejercicio. También manifiesta que dispone de la documentación acreditativa correspondiente. Asimismo, se compromete a mantener el cumplimiento durante la vigencia de este reconocimiento o ejercicio.

La declaración responsable se ha de presentar con carácter previo al inicio o modificación de la actividad o espectáculo público objeto de la materia. Se efectuará sobre la exclusiva responsabilidad de la persona interesada.

Las actividades supeditadas a este régimen son las actividades y espectáculos públicos indicados en el anexo D de esta ordenanza. Además de todas aquellas sometidas a declaración responsable ante el Ayuntamiento por cualquier normativa.

Este régimen tendrá carácter supletorio al que establece la normativa aplicable a la actividad o espectáculo público sometido a declaración responsable. Excepto en aquellos casos en que la normativa otorgue prioridad a la normativa que establecen las Ordenanzas municipales.

La declaración responsable se habrá de presentar al Ayuntamiento, según el uso de los modelos normalizados. La persona habrá de adjuntar el resguardo acreditativo de haber efectuado el pago de la tasa. Todo ello para la comprobación posterior de la declaración responsable, de acuerdo con las ordenanzas fiscales vigentes en el momento de su presentación. También, el solicitante podrá adjuntar cualquier otra documentación que considere oportuna.

Por parte del Ayuntamiento, se podrá exigir la presentación de la declaración responsable en soporte electrónico, de acuerdo con el formato establecido.

La presentación de una declaración responsable sin dar cumplimiento a los modelos y/o información establecidos por la normativa vigente o, en defecto de esta, por las instrucciones de desarrollo de esta Ordenanza, no habilitará para el ejercicio de la actividad o el desarrollo del espectáculo público objeto de la materia.

En Cirtec disponemos de un grupo de ingenieros, arquitectos y arquitectos técnicos, distribuidos en toda la geografía española, que le asesorarán y le brindarán los medios imprescindibles para el comienzo de su negocio o actividad en Hospitalet de Llobregat.

Impresos

  • Autoliquidación de la tasa de recogida de basuras del comercio, la industria y las actividades profesionales
  • Autorización sanitaria de funcionamiento de los establecimientos de tatuaje, pírcing y micropigmentación
  • Comunicación de actividad de centro de culto
  • Comunicación de actuaciones en directo
  • Comunicación de cambio de titularidad de actividades
  • Comunicación de un domicilio para recibir las notificaciones de un procedimiento sancionador a una actividad económica
  • Comunicación previa (excepto centros de culto y espectáculos públicos y actividades recreativas)
  • Comunicación previa de espectáculos públicos y actividades recreativas (anexo I del Decreto 112/2010)
  • Declaración responsable de actividades y espectáculos públicos
  • Declaración responsable de inicio de actividad de vivienda con uso turístico
  • Duplicado de la carta de pago de una sanción a una actividad económica
  • Informe o certificado de cambio de uso y cambio de nombre y/o numeración de una finca
  • Informe o certificado de compatibilidad urbanística
  • Licencia municipal tipo A con incidencia ambiental
  • Licencia municipal tipo A de establecimientos abiertos al público
  • Licencia municipal tipo B para espectáculos públicos o actividades recreativas de carácter extraordinario o en espacios que no dispongan de licencia
  • Solicitud de informe previo en materia de incendios

Otros servicios a su disposición

Si está interesado, podemos asesorarle y brindarle otros servicios como son:

Proyecto Almacén de Productos Quimicos

Presupuesto Proyecto Eléctrico

Proyecto recarga vehículos

Proyecto de unidad de suministro

Consultoría aparatos elevadores

Emisiones atmosféricas

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Licencia de Apertura en Barcelona

Licencia de Actividad en Badalona

Declaración responsable en Terrassa

Licencia Ambiental en Sabadell

Publicado en: Licencias urbanísticas, Urbanismo y Arquitectura

Licencia de Apertura en Gijón

By Clara Cadierno 2 comentarios

Cirtec gestiona su Licencia de Apertura en Gijón y todo el municipio

El Ayuntamiento asturiano regula la puesta en funcionamiento de actividades comerciales y diferentes servicios. Para ello, perfila una serie de procedimientos que expondremos a continuación, entre los que se encuentra la Licencia de Apertura en Gijón. Cirtec le dota de los proyectos técnicos, las memorias y los planos necesarios, entre otros servicios, para que emprenda su negocio en Gijón.

Para ampliar la información, puede contactar con nuestra responsable en Gijón:

Isabel González

Teléfono: 637012295

E-mail: isabel@cirtec-ingenieria.es

 

La peculiaridad del Ayuntamiento de Gijón con respecto al comienzo de actividades, es su reglamentación para la apertura de actividades comerciales y determinados servicios.

Con este cometido, reseña una serie de servicios y ocupaciones para las que determina varios procedimientos. Distingue entre actividades clasificadas y actividades inocuas.

La Licencia de Apertura en Gijón para dichos servicios y actividades se rige por los siguientes procedimientos:

  • Licencia de Obra Mayor para la adecuación del local
  • Comunicación Previa de Obra Menor
  • Declaración Responsable para el inicio y ejercicio de actividades comerciales y de determinados servicios
  • Comunicación Previa de cambio de titularidad

Asimismo, el Ayuntamiento establece una serie de servicios complementarios:

  • Consulta previa de autorización de uso
  • Consulta previa de existencia de licencia de adecuación
  • Cita previa en materia urbanística

En Cirtec le ofrecemos tanto el asesoramiento como los instrumentos imprescindibles para su Licencia de Apertura en Gijón. Nuestro equipo de arquitectos, ingenieros e ingenieros técnicos diseña los proyectos técnicos, planos y memorias descriptivas, además de otros servicios. Nuestro propósito es que emprenda una actividad o negocio en el municipio asturiano con garantías.

¿Qué distingue a la Licencia de Obra Mayor para la adecuación del local?

Cuando quiera iniciar una actividad comercial minorista o determinados servicios, ha de acogerse a este procedimiento.  El Ayuntamiento de Gijón, establece los siguientes requisitos para este tipo de labores:

  • Que se precisa un proyecto técnico de obra mayor

  • Que el local no tenga licencia de uso

  • Que se modifique el uso existente

Actividades que requieren Licencia de Obra Mayor

Licencia de Obra Mayor en Gijón

Se aplica a las obras en las que se cambie la configuración arquitectónica del local, su volumetría, composición exterior o licencia de primer uso.

Este tipo de obras requieren proyecto de obra. Lo estipula la Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación.

Asimismo, se tramitan a través de este procedimiento las modificaciones de uso e instalaciones en general cuando requieran proyecto.

Se trata de un requisito previo a la Declaración responsable cuando no exista licencia de uso.

¿Qué caracteriza a la Comunicación Previa de Obra Menor?

El municipio de Gijón, define la obra menor como la que se vaya a realizar en los establecimientos en los que se va a iniciar o se está ejerciendo una actividad comercial. O bien de determinados servicios incluidos en este procedimiento.

Comunicación previa en Gijón

Comunicación Previa en Gijón

Dichas actividades o servicios han de cumplir alguno de los siguientes requerimientos:

  • Aquellas construcciones de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no tengan, de forma eventual o permanente, carácter residencial ni público y se desarrollen en una sola planta.

  • Las que no supongan obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que alteren la configuración arquitectónica de los edificios. Entiende por tales las que tengan carácter de intervención total o las parciales que produzcan una variación esencial de la composición general exterior, la volumetría, o el conjunto del sistema estructural, o tengan por objeto cambiar los usos característicos del edificio.
  • Las que no impliquen la modificación del uso de los edificios e instalaciones en general, sin realizarse simultáneamente obras de reforma o ampliación. Así como los cambios de titularidad de locales relacionados con actividades comerciales minoristas y prestación de determinados servicios en los supuestos en los que no se cambie el uso.
  • Aquellas que estén relacionadas con alguna de las actividades incluidas en este procedimiento de inicio y ejercicio de actividades comerciales y de determinados servicios.

¿Qué es la Comunicación Previa? Se trata de un documento a través del cual las personas interesadas ponen en conocimiento de la Administración Pública competente sus datos identificativos. Además de ello, exponen los demás requisitos exigibles para el ejercicio de un derecho o el inicio de una actividad.

Para que la Comunicación Previa llegue a buen término, le indicamos lo que precisa para la misma:

  • Tipo de obra a realizar
  • Importe del presupuesto de ejecución material
  • Descripción y detalle de las obras a realizar
  • Tributo correspondiente cuando éste sea preceptivo
  • Impreso de la comunicación previa donde se incluya la declaración presentada

¿Qué manifiesta en su Comunicación Previa?

El Ayuntamiento de Gijón, prevé que en su comunicación previa manifieste y declare los siguientes hechos:

  • Que los datos contenidos en el documento son ciertos y que las características indicadas reflejan fielmente las actividades, instalaciones y obras a realizar.

  • Que las obras no afectan a ningún elemento catalogado.
  • Que se cumplirán los requisitos da normativa específica de tratamiento de residuos.
  • Que se realizarán las obras de conformidad con lo declarado en el presente documento.
  • Que se presentará la declaración responsable para el inicio y ejercicio de la actividad (Modelo 04.07) con carácter previo al inicio de la actividad y una vez finalizadas las obras comunicadas.
  • Que la documentación acreditativa de lo declarado con anterioridad está a disposición de los servicios de inspección municipales en el establecimiento en el que se ejecuta la obra.
  • Que se conservará y tendrá a disposición de los servicios de inspección municipales en el local o establecimiento una copia de esta comunicación y el justificante de su presentación. Así como del certificado de final de obra, en su caso, expedido por el técnico competente. Además del justificante del pago de los recibos correspondientes a las liquidaciones practicadas relativas a esta comunicación previa y declaración.
  • Que, de conformidad con el artículo 71 bis apartado 4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común, ACEPTO EXPRESAMENTE que la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento declarada determinará la IMPOSIBILIDAD DE CONTINUAR CON EL EJERCICIO del derecho o actividad afectada, desde que el Ayuntamiento tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.
  • Que acepto que la resolución del Ayuntamiento, si declara la existencia de las circunstancias del apartado anterior, podrá determinar la obligación del interesado de restituir la situación jurídica al momento previo al reconocimiento, al ejercicio del derecho o al inicio de la actividad correspondiente.

¿Cuáles son las peculiaridades de la Declaración Responsable en Gijón?

La Declaración Responsable en el municipio asturiano, se concreta para el comienzo y ejercicio de actividades comerciales o de determinados servicios.

El Ayuntamiento gijonés expresa que la Declaración Responsable es aquel documento suscrito por un interesado en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente, para el inicio y ejercicio de una actividad comercial o de determinados servicios. Asimismo, la persona expone que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el período de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio.

Se trata de un documento declarativo. Éste da lugar a una serie de obligaciones de la persona que lo suscribe. En caso de su incumplimiento, incurre en responsabilidad administrativa, civil o penal. Dicho incumplimiento conllevará el cese en el inicio de la actividad.

Declaración Responsable en Gijón

Declaración Responsable en Gijón

Los requisitos enumerados en el párrafo anterior han de estar recogidos de manera expresa, clara y precisa en la Declaración Responsable. Para ello, el Ayuntamiento de Gijón dispone de un modelo normalizado, el cual expondremos en el apartado de impresos.

 ¿Qué supone la Comunicación Previa de Cambio de Titularidad?

Esta variante de Comunicación Previa, se aplica para aquellos supuestos en los que se dé un cambio de titularidad de una licencia de actividad comercial o de servicios. Este proceso se aplica cuando la actividad se inició antes del 5 de enero de 2012.

En el supuesto de que la actividad comenzase posteriormente al 31 de diciembre de 2011, es preciso que presente una Declaración Responsable.

Los servicios complementarios, a su disposición

El Ayuntamiento de Gijón dispone de tres servicios complementarios para comenzar una actividad inocua o si precisa realizar obras. Estos servicios permiten saber si está el uso autorizado o si existe una licencia de adecuación del local anterior.

    1. Consulta previa de autorización de uso

      Posibilita que en la etapa de búsqueda del local se puedan realizar consultas no vinculantes para conocer si la actividad está permitida en el emplazamiento indicado.

      Con ello, se pueden evitar desplazamientos y gastos de alquileres en locales donde no permiten el ejercicio de la actividad.

    2. Consulta previa de existencia de licencia de adecuación

      Permite consultar si el local dispone de una licencia previa para la actividad que se quiera poner en marcha. Si existiera, se evitará tramitar la licencia de adecuación del local para obra mayor, reduciendo, de este modo, los costes.

      Al haberse realizado previamente una adecuación del local con su correspondiente licencia, podrá presentar la Declaración Responsable para el inicio y ejercicio de una actividad inocua.

      Consulta previa de licencia de adecuaciónConsulta previa de licencia de adecuación

    3. Cita previa en materia urbanística

      El Ayuntamiento de Gijón le ofrece la posibilidad de solicitar cita previa con los técnicos municipales con el fin de obtener información especializada en materia urbanística.

El Ayuntamiento de Gijón le ofrece la posibilidad de solicitar cita previa con los técnicos municipales con el fin de obtener información especializada en materia urbanística.

Según lo dispuesto en el Modelo 04.01, excepto para las actividades inocuas, los documentos que han de acompañar a cada solicitud son los que siguen:

  1. Plano de situación y parcela a escala

Cirtec elabora los planos necesarios para su Comunicación Previa

Cirtec diseña los planos necesarios para su actividad

2. Croquis del local acotado a escala 1:50. con expresión de la distancia a la esquina más próxima, situación y detalle constructivo del portón y ventilación del local y superficie del mismo; título de propiedad del local; relación de vehículos que se deban guardar, con indicación de matrículas y nombre del titular según fotocopia de los correspondientes justificantes del pago del Impuesto Municipal sobre circulación correspondiente al presente año; relación de parentesco con el titular del local acreditada de modo fehaciente (hasta tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad).

Asimismo, ha de adjuntar un documento notarial aceptando la provisionalidad absoluta de la autorización que se conceda, renunciando al percibo de cualquier tipo de indemnización de daños y perjuicios en el caso de que por este Ayuntamiento o por la Alcaldía directamente se determine la inmediata retirada de la placa e inutilización del portón, todo ello con cargo al titular de la autorización y en definitiva impidiéndose la utilización del local como garaje.

3. Deberá cumplimentarse la siguiente información:

Dimensiones y ubicación de la zanjaLongitud

(metros)

Anchura

(metros)

Profundi-dad

(metros)

Tipo de obra a la que se destinaPlazo de ejecu-ción
En calzada  Pavimentada     
Sin pavimentar     
En acera     

La solicitud de apertura de zanja irá siempre acompañada de un croquis de situación, a escala 1:200, plegado a tamaño DIN A- 4, incluida la solapa de grapado. En él se ha de definir perfectamente la ubicación y el trazado de la misma. Asimismo, ha de estar debidamente acotado y referido a la alineación de la calle, que tendrá su ancho también acotado.

4. Tres ejemplares del proyecto. Éste ha de ir acompañado por una memoria en la que se describa, con extensión y detalle, lo siguiente:

  • Características de la industria
  • Posible repercusión sobre la sanidad ambiental
  • Sistemas correctores que se han elegido, con expresión de su grado de eficacia y medidas de seguridad
  • Obras de adecuación del local necesarias

5. Tres ejemplares del proyecto o documento de planeamiento/gestión/urbanizaciones a desarrollar en el emplazamiento. Uno tendrá que presentarse el soporte digital y los dos restantes en soporte papel.

6. Dos croquis de situación en los que se defina perfectamente la ubicación y trazado del itinerario. Ha de concretar si se trata de camino pavimentado o no, la longitud de metros del itinerario y el número de toneladas a transportar. Junto a ello, ha de presentar una fotocopia de autorización de la Consejería de Agricultura.

7. a) Para actividades clasificadas: Conforme del titular anterior o, en su defecto, fotocopia del contrato de arrendamiento. Reconocimiento de instalación eléctrica expedido por organismo de control.

    b) Para actividades inocuas: Declaración Responsable. Se deberá presentar el Modelo 4.07.

8. a) Obras Mayores:

  • Dos ejemplares visados del proyecto de la obra que se solicita
  • Hoja de dirección de la obra
  • Hoja estadística
  • En caso de solicitar licencia de adecuación del local para actividad inocua se deberá utilizar el Modelo 4.06. 

      b) Obras Menores:

– En caso de solicitar licencia de adecuación en el local con actividad inocua se deberá utilizar el Modelo 4.06.

Desde Cirtec le brindamos los planos, croquis y memorias descriptivas, entre otros trabajos, para que emprenda su actividad en el municipio asturiano. Pida presupuesto para su Licencia de Apertura en Gijón. Estaremos satisfechos de poder ayudarle.

¿Qué impresos ha de presentar según la actividad?

Según la actividad que quiera acometer, el Ayuntamiento de Gijón dispone de los siguientes impresos:

04.01 En materia de urbanismo

04.05 Solicitud de autorización de terrazas de hostelería

04.06 Solicitud de licencia de adecuación del local para el ejercicio de actividades comerciales y de determinados servicios

04.07 Declaración responsable para el inicio y ejercicio de actividades comerciales y de determinados servicios

04.08 Comunicacion previa de realización de obra menor relacionada con una actividad comercial o de determinados servicios

04.09 Comunicación previa de cambio de titularidad de actividades comerciales y de determinados servicios

Servicios añadidos

Puede contar con nuestra empresa si desea que le orientemos o pongamos en marcha alguno de los siguientes servicios:

– Proyecto de Instalación eléctrica de baja tensión y media tensión

– Proyecto de Instalación de protección contra incendios

– Documentación Técnica de Instalación de climatización

–  Proyecto de Instalación de refrigeración

– Memoria técnica y planos para Declaración Responsable

Asimismo, pueden consultar otras páginas de nuestra web:

Licencia de Apertura en Oviedo

Licencia de Actividad en Sevilla

Licencia de Actividad en Madrid

Proyecto para Licencia de Actividad en Getafe

Licencia de apertura en Alcorcon

Licencia de Apertura en Aranjuez

Proyecto para Comunicación previa en Bizkaia

Publicado en: Licencias urbanísticas, Urbanismo y Arquitectura

Licencia de Apertura en Oviedo

By Clara Cadierno 2 comentarios

Cirtec tramita su Licencia de Apertura en Oviedo y todo el municipio

Nuestra empresa le brinda la documentación, los proyectos técnicos, planos y memorias necesarias para su Licencia de Apertura en Oviedo. El municipio se caracteriza por diferenciar entre las Licencias de Actividad y de Ocupación. Asimismo, contempla la Declaración Responsable y Comunicación previa, según el tipo de actividad que quiera emprender.

Para ampliar la información, puede contactar con nuestra responsable en Oviedo:

Isabel González

Teléfono: 637012295

E-mail: isabel@cirtec-ingenieria.es

La normativa que regula el emprendimiento de actividades en Oviedo son LAS NORMAS URBANÍSTICAS DEL PLAN GENERAL. En ellas se refiere a las licencias de usos. Estas son:

  • Licencia de Apertura o Actividad
  • Licencia de Ocupación

Por otro lado, expone la:

  • Declaración responsable
  • Comunicación previa

Haremos una descripción de los distintos supuestos, según el tipo de actividad que quiera poner en marcha. Cirtec le brinda las herramientas imprescindibles para que su actividad sea eficiente.

 ¿Qué distingue a la Licencia de Apertura en Oviedo y su municipio?

La Licencia de Apertura en Oviedo se contempla para las siguientes actividades:

  • Que tengan incidencia ambiental, con la única excepción de los establecimientos relacionados en el anexo de la Ley 12/2012. Su superficie útil de exposición y venta al público no ha de ser superior a 300 m². Contempla las instalaciones de redes públicas de comunicaciones electrónicas en los términos de la Disposición adicional tercera de la misma Ley.
  • Que estén sujetas a la legislación de espectáculos públicos o actividades recreativas.
  • Que se desarrollen en inmuebles o lugares declarados Bien de Interés Cultural o en sus entornos de protección, o en elementos integrantes del Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias. Se incluye los enumerados en la disposición adicional 3.ª de la Ley 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural de Asturias. Asimismo, los recogidos en el Catálogo de edificios y otros elementos de interés con el nivel de protección integral.
  • Que afecten al uso privativo u ocupación de los bienes de dominio público.

Licencia de Apertura en Oviedo

Como indica la normativa, la Licencia de Apertura en Oviedo está caracterizada por actividades que tengan especial impacto sobre el medio ambiente. Asimismo, el municipio opta por regular las actividades y espectáculos recreativos. Además, presta relevancia a los Bienes de Interés Cultural.

Otras disposiciones para su Licencia de Apertura en Oviedo

Para este tipo de actividades, el Ayuntamiento de Oviedo, también dispone lo siguiente:

  • La modernización o sustitución de instalaciones que no supongan modificación de las características técnicas de la misma. O bien de sus factores de potencia, emisión de humos y olores, ruidos, vibraciones o agentes contaminantes, no requiere modificación de la licencia de actividad.

  • La concesión de licencias de actividad está sujeta al cumplimiento de las condiciones  urbanísticas establecidas en estas normas y de la reglamentación técnica que sea de aplicación.
  • Cabrá la concesión de licencias de actividades e instalaciones que contemplen la imposición de medidas correctoras para los efectos generados por la actividad o instalación. En este supuesto, la comprobación de la inexistencia o deficiencia de dichas medidas correctoras, implicará la pérdida de eficacia de la licencia, de conformidad con lo previsto en la legislación vigente.
  • Los cambios de titularidad de las licencias de actividad no precisan con carácter general nueva licencia, regulándose su comunicación previa en la Sección 2 del Capítulo.

Actividades sujetas a Licencia de Apertura en Oviedo

Si quiere emprender una actividad con estas peculiaridades, pida presupuesto para su Licencia de Apertura en Oviedo. Estamos a su disposición para solventarla. Un equipo de ingenieros, arquitectos y arquitectos técnicos de Cirtec le brindará todo lo que necesita para su Licencia de Apertura en el municipio asturiano.

¿Cuáles son las características de la Licencia de Ocupación en Oviedo?

La Licencia de Ocupación en Oviedo autoriza la puesta en funcionamiento de edificios o locales. Es requisito indispensable que se compruebe previamente que han sido ejecutados conforme a las condiciones de las licencias autorizatorias de las obras o usos. Asimismo, el Ayuntamiento requiere que se encuentren debidamente terminados y aptos, según las condiciones urbanísticas de su destino específico.

Actividades sujetas a Licencia de Ocupación

Licencia de Ocupación en Oviedo

Las actividades ligadas a Licencia de Ocupación son las que se enumeran a continuación

a) La primera utilización de las edificaciones fruto de obras de nueva edificación y reestructuración total. Así como la de aquellos locales resultantes de obras en los edificios en que sea necesario por haberse producido cambios en la configuración de los locales.

 b) El cambio de uso de los edificios o locales.

Según las características de la obra, el Ayuntamiento de Oviedo, requiere el cumplimiento de una serie de requisitos:

a) Certificación final de obras cuando la naturaleza de la actuación hubiese requerido dirección técnico-facultativa.

b) Terminación y recepción provisional de las obras de urbanización que se hubiesen acometido simultáneamente con la edificación.

c) Si las obras ejecutadas consisten en la construcción de viviendas sujetas a alguno de los regímenes de protección pública, la licencia de primera ocupación no podrá concederse sin que se acredite la calificación definitiva de las mismas. O bien documento que regule la legislación de viviendas protegidas, emitida por el órgano competente.

d) Aquellas otras que se hubieren señalado en la licencia de obras o vinieren exigidas por la legislación en vigor.

El plazo que establece el Ayuntamiento ovetense para su concesión o denegación es de un mes.

Diferentes requisitos de la Licencia de Ocupación en Oviedo

Además de lo expuesto anteriormente, el Ayuntamiento de Oviedo, dispone lo siguiente:

  • La puesta en uso de un edificio o local carente de licencia de ocupación cuando fuese preceptiva, constituye infracción urbanística que será grave si el uso resultare ilegal o concurriesen otras circunstancias que impidieren la ulterior legalización. Todo ello sin perjuicio, en su caso, de las órdenes de ejecución o suspensión precisas para el restablecimiento de la ordenación urbanística, incluida la clausura del edificio o local afectados.

  • La licencia de primera ocupación podrá tramitarse tanto incorporada al expediente de licencia de construcción como en expediente distinto. El procedimiento de concesión de licencia de obras se entenderá finalizado con la comprobación municipal de que las obras se han ejecutado de acuerdo con el proyecto aprobado y demás condiciones de la licencia. La comprobación municipal no alcanzará, en ningún caso, a los aspectos técnicos relativos a la seguridad y calidad de la obra. Las responsabilidades que surjan en este orden serán exigibles, en su caso, a los agentes de la edificación en los términos que señala la Ley de Ordenación de la Edificación. Tampoco alcanza a aquellos otros aspectos que sean objeto de intervención por otras Administraciones u organismos en el ámbito de sus respectivas competencias.
  • En aquellos edificios o locales en los que no resulte posible la presentación de la certificación final de obra, podrá sustituirse este documento por un informe técnico suscrito por técnico competente de igual condición a la requerida para la intervención, en el que se acredite que cumple con las condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y medioambientales requeridas por la legislación en vigor. Las condiciones citadas también podrán acreditarse mediante certificaciones de organismos de control autorizados.

Proyectos técnicos

Los proyectos técnicos para la Licencia de Apertura en Oviedo y para la Licencia de Ocupación, estarán redactados por el facultativo competente. Se han de atener a las determinaciones requeridas por la reglamentación técnica específica. Asimismo, han de satisfacer las especificaciones contenidas en la normativa por la que se rija la instalación, traslado o ampliación de actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas. O bien por la legislación sectorial que le sea de aplicación.

El contenido, como mínimo, será el que sigue:

  • Memoria descriptiva y justificativa.
  • Planos.
  • Presupuesto.

Proyecto técnico para su Licencia de Apertura en Oviedo o Licencia de Ocupación

Declaración responsable: particularidades

Para que su Declaración responsable en Oviedo, llegue a buen término, especificaremos sus particularidades.

Actividades que necesitan una Declaración responsable

Declaración responsable en Oviedo

El Ayuntamiento ovetense define la Declaración responsable como el documento suscrito por un interesado en el que declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Dichos requerimientos son aplicables al ejercicio de alguna de las actuaciones que detallaremos a continuación.

Asimismo, la persona manifiesta, en su Declaración responsable, que dispone de la documentación que acredita el acato de los requisitos. Esta incluye el proyecto, cuando corresponda. Por otro lado, se compromete a mantener su cumplimiento durante el período de tiempo inherente a dicho ejercicio.

¿Cuáles son las actuaciones sujetas a Declaración responsable en Oviedo?

El Ayuntamiento de Oviedo, en su normativa, precisa las actuaciones sometidas a Declaración responsable. Estas son:

a) La nueva implantación, ampliación o modificación de actividades o instalaciones, siempre que:

  • No tengan incidencia ambiental o, aún teniéndola, se trate de establecimientos relacionados en el anexo del RDL 19/2012 con una superficie útil de exposición y venta al público no superior a 300 m². O de instalaciones de redes públicas de comunicaciones electrónicas en los términos de la Disposición adicional tercera de la Ley 12/2012.

  • No estén sujetas a la legislación de espectáculos públicos o actividades recreativas.

  • No se desarrollen en inmuebles o lugares declarados Bien de Interés Cultural o en sus entornos de protección, ni en elementos integrantes del Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, incluyendo los enumerados en la disposición adicional 3.ª de la Ley 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural de Asturias. O bien recogidos en el Catálogo de edificios y otros elementos de interés con el nivel de protección integral.

  • No afecten al uso privativo u ocupación de los bienes de dominio público.

Actividades sujetas a Declaración responsable en Oviedo

Actividades sujetas a Declaración responsable

b) La apertura o puesta en uso de instalaciones o actividades que requieran previa licencia.

c) Las obras menores en locales o establecimientos, de cualquier superficie, destinados al ejercicio de actividades o prestación de servicios, siempre que las intervenciones no impliquen sustitución de instalaciones, modificación de aforo, redistribución de espacios o usos, modificaciones en fachada ni eliminación o reducción de medidas correctoras y no supongan tampoco afección al patrimonio cultural o al dominio público.

Documentos imprescindibles para su Declaración responsable en Oviedo

Para emprender una actividad en Oviedo que requiera una Declaración responsable, la documentación a presentar es la que sigue:

  • Modelo normalizado de declaración responsable debidamente cumplimentado, en relación con el cumplimiento previo al inicio efectivo de la actividad y mantenimiento de los requisitos que fueran de aplicación al ejercicio de la misma. Asimismo, incluirá una autorización para la eventual comprobación telemática con otras Administraciones públicas de los datos declarados cuya comprobación sea precisa. En el caso de que no se incluya esta autorización, deberá aportar los comprobantes que se le exijan.

  • Acreditación de la personalidad del interesado y, en su caso, de su representante, así como el documento en el que conste la representación.
  • Aquella otra documentación que resulte necesaria para la acreditación de las condiciones técnicas y urbanísticas requeridas para cada tipo de actuación, que será determinada por Resolución de la Alcaldía o Concejal Delegado.

¿Qué signo tiene la comunicación previa en Oviedo?

La comunicación previa es aquel documento que pone en conocimiento del Ayuntamiento de Oviedo los datos identificativos del interesado. Asimismo, prevé una serie de requisitos que enumeraremos seguidamente.

Las actividades que necesitan Comunicación previa en Oviedo son las siguientes:

  • El inicio de obras de edificación con licencia concedida sobre la base de un proyecto básico.

  • Los cambios de titularidad de actividades.

¿Qué requisitos ha de cumplir su Comunicación previa en Oviedo?

Los requisitos para la Comunicación previa en Oviedo, se concentran en la presentación de una serie de documentos. Por un lado, habrá de presentar una documentación básica. Y por otro, una complementaria, según el tipo de actividad que quiera desarrollar.

Comunicación previa en Oviedo

Comunicación previa en Oviedo

Documentación básica

La documentación básica es la que exponemos a continuación:

a) Modelo normalizado de comunicación previa, debidamente cumplimentado. Este se refiere a la relación con el cumplimiento previo al inicio efectivo de la actividad y mantenimiento de los requisitos que fueran de aplicación al ejercicio de la misma. Asimismo, incluirá una autorización para la eventual comprobación telemática con otras Administraciones públicas de los datos declarados, cuya comprobación sea precisa. En el caso de que no se incluya esta autorización, deberá aportar los comprobantes que se le exijan.

b) Acreditación de la personalidad del interesado y, en su caso, de su representante.

Documentación complementaria

Como documentación complementaria al inicio de obras de edificación, ha de adjuntar:

  • El proyecto de ejecución, preferentemente en soporte digital, acompañado de declaración expresa de que no contiene modificaciones respecto del que fue objeto de licencia.

  • La acreditación de los Técnicos correspondientes en la dirección facultativa de las obras.

  • La fecha prevista para el inicio de las obras solicitando, cuando proceda y conforme a lo establecido en el art. 7.3.21, la comprobación del replanteo.

  •  Cuando proceda, documentación acreditativa de que se han cumplido las condiciones impuestas en la licencia concedida.

En el caso de cambio de titularidad de actividades inocuas, y actividades molestas incluidas en la Ley 12/2012, los documentos a presentar son:

  • Documento de transmisión de la actividad.

  • Copia de la licencia o declaración responsable que ampara la actividad o información que permita su identificación.

  • Certificación técnica que acredite la eficacia de las medidas correctoras adoptadas o solicitud de que se realice por el Ayuntamiento la correspondiente comprobación.

Esta certificación no será exigible en los siguientes supuestos:

 a) Constitución, fusión, escisión, transformación o cambio de denominación de una sociedad o comunidad de bienes, siempre que al menos alguno de los titulares iniciales permanezca como titular o cotitular tras la transmisión.

 b) Transmisiones inter vivos a favor de cónyuges o descendientes en línea directa de consanguinidad, y transmisiones mortis causa, en todo caso.

Impresos para abordar su actividad

Le facilitamos los impresos para iniciar su actividad, según el carácter de la misma:

Obras de escasa entidad técnica y constructiva en locales

Declaración responsable apertura actividades inocuas

Declaración responsable apertura inocuas con obras de adecuación y molestas decreto (con o sin obras)

Declaración responsable apertura de despachos profesionales y oficinas inferiores a 100 m2 útiles

Comunicación previa cambio de titularidad actividades inocuas y molestas incluidas en el Real Decreto-Ley 19/2012

Comunicación previa cambio titularidad de actividades de hostelería y ley 8/2002

Comunicación previa cambio titularidad por novación según Ordenanza Fiscal 104 (Resto de cambios de titularidad)

Comunicación previa cambio titularidad de actividades molestas
Comunicación previa cambio titularidad por novación según Ordenanza Fiscal 104 (Locales Hostelería y Ley 8/2002)

Comunicación de subrogación en el procedimiento

Declaración responsable para instalación de muestras comerciales en establecimientos o locales

Licencias urbanísticas (mayores y medias)

 Autorización de instalación de terrazas

Licencia de Rótulos

Licencia de apertura actividades no clasificadas (con obras de adecuación)

Licencia de apertura actividades no clasificadas (sin obras de adecuación)

Licencia de obras y aperturas en actividades molestas

Licencia de uso de edificios de viviendas

Licencia de uso de naves industriales

Licencia de construcción de naves industriales

Servicios

Desde Cirtec le ofrecemos los servicios que precise para su Licencia de Apertura, Licencia de Ocupación, Declaración previa y Comunicación responsable en Oviedo. Además, contamos con otras prestaciones, como son:

– Proyecto de Instalación eléctrica de baja tensión y media tensión

– Proyecto de Instalación de protección contra incendios

– Documentación Técnica de Instalación de climatización

–  Proyecto de Instalación de refrigeración

– Memoria técnica y planos para Declaración Responsable

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Publicado en: Licencias urbanísticas, Urbanismo y Arquitectura

Licencia de Apertura en Barcelona

By Clara Cadierno 5 comentarios

Cirtec gestiona su Licencia de Apertura en Barcelona y toda la provincia

Nuestra empresa le dota de todas las claves, proyectos y elementos necesarios para que emprenda su actividad en Barcelona. El municipio presta especial atención a las labores que pueden resultar nocivas para la salud y el medio ambiente. Para ello, perfila la Licencia Ambiental, Licencia de Apertura y la Comunicación previa. Desde Cirtec le garantizamos que su actividad en la provincia va a ser efectiva. A continuación, le brindamos los pasos para ello, con un resumen de la ordenanza municipal.

Para ampliar la información, puede contactar directamente con nuestro responsable:

José López

jlopez@cirtec-ingenieria.es

mov. 609049369

tel. 932425001

La legislación que reglamenta el comienzo de actividades en la provincia es la ORDENANZA MUNICIPAL DE ACTIVIDADES Y DE INTERVENCIÓN INTEGRAL DE LA ADMINISTRACIÓN AMBIENTAL DE BARCELONA.

La citada ordenanza tiene por objetivo reglamentar los procedimientos de intervención, prevención y control de actividades. Estas pueden ser tanto públicas como privadas y desarrollarse en el ámbito municipal de Barcelona.

Se detiene, particularmente, en la protección del medio ambiente, la seguridad y la salud pública. Para ello, remite a la Ley Catalana 3/1998, de 27 de febrero, de la Intervención Integral de la Administración Ambiental, de su reglamento general de despliegue, aprobado por el Decreto 136/1999, de 18 de mayo.

Asimismo, existe otra ordenanza, que legaliza las actividades y espectáculos de concurrencia pública. Se trata de la ORDENANZA MUNICIPAL DE LAS ACTIVIDADES Y ESTABLECIMIENTOS DE CONCURRENCIA PÚBLICA DE BARCELONA. Explicaremos lo que la caracteriza y la clasificación de las actividades que realiza.

Licencia Ambiental en Barcelona
Licencia Ambiental en Barcelona

¿Cuál es la clasificación de las actividades en Barcelona?

 Dado su carácter de compromiso, la Ciudad Condal y su provincia, considera todas las actividades como susceptibles de afectar a la seguridad, la salud pública y el medio ambiente.

Aún así, establece una serie de actividades calificadas como inocuas, presentes en el ANEXO III.3 de la citada ordenanza.

¿Qué procedimientos especifica el Ayuntamiento de Barcelona?

 En la ordenanza municipal, el Ayuntamiento de Barcelona, desgrana los diferentes procesos a los que están sometidas los diversos tipos de actividad. Estos son, básicamente:

  1. Comunicación previa como procedimiento general de intervención.
  1. Licencia municipal de apertura de establecimiento y de control ambiental: para las actividades que detalla en el ANEXO III.1.
  1. Licencia ambiental municipal y de control ambiental: para las actividades referidas en el ANEXO II.
  1. Autorización ambiental municipal y de control ambiental.
  1. Tramitación conjunta con los procedimientos de licencia de apertura de establecimiento y licencia ambiental de autorización: Se refiere a las demás autorizaciones, licencias y permisos municipales la legislación sectorial y las ordenanzas municipales exijan.

¿Qué caracteriza a la comunicación previa en Barcelona?

 La Ordenanza municipal establece las siguientes actividades sujetas a comunicación previa en Barcelona:

  1. a) Las actividades inocuas que se relacionan en el anexo III.3 de esta Ordenanza.
  1. b) Las actividades incluidas en el anexo III.2 de esta Ordenanza.

Dicha comunicación previa ha de formalizarla una vez que se han finalizado las obras e instalaciones que sean necesarias para el ejercicio de la actividad. Dichas obras e instalaciones han de estar sustentadas, cuando sea necesario, por la licencia urbanística correspondiente. O bien, por el cumplimiento del requisito de comunicación previa si es el caso de obras exentas de licencia urbanística.

Comunicación previa para actividades inocuas

Están sometidas a este proceso las actividades que no representan peligro para la salud pública, la seguridad ni el medio ambiente. Son las labores incluidas en el anexo III.2. de la citada Ordenanza.

Para llevarla a cabo, es preciso que, junto a la comunicación previa, adjunte la siguiente documentación:

  1. a) La descripción de la actividad y de sus instalaciones por medio de documentación técnica gráfica y escrita. En ella se incluirá información sobre los datos de la empresa. En cuanto a la documentación técnica de las condiciones de emplazamiento urbanístico del local y sus instalaciones, debe reflejar sus características en relación con el cumplimiento de la normativa de aplicación.
  1. b) Documento acreditativo de la forma de recogida y gestión de los residuos y, en particular, de la fracción orgánica y de los envases y residuos de envases industriales y comerciales. O bien acreditación de haber solicitado al Ayuntamiento que encargue de aquellos residuos susceptibles de ser gestionados por el servicio municipal de recogida, de acuerdo con lo que establezcan al respecto la Ordenanza general del medio ambiente urbano y la ordenanza de la tasa, precio público o tarifa correspondiente.
  1. c) Resguardo acreditativo de haber efectuado el ingreso de la cuota de la tasa por tramitación del expediente, si así lo establece la correspondiente ordenanza fiscal.

El comienzo de esta clase de actividades puede darse una vez transcurrido el plazo de un mes. Este plazo se inicia una vez presentada la comunicación previa en el Registro General del Ayuntamiento.

¿Qué requisitos ha de cumplir la comunicación previa de las actividades incluidas en el anexo III.2?

Las actividades enumeradas en el anexo III.2 de la presente Ordenanza, consideradas actividades clasificadas, han de adjuntar la siguiente documentación:

Comunicación previa en Barcelona
Comunicación previa en Barcelona
  1. a) Proyecto técnico, redactado por un técnico competente y visado por el respectivo colegio profesional, con la descripción de la actividad y sus instalaciones por medio de documentación técnica gráfica y escrita. En cuanto a las condiciones del emplazamiento urbanístico del local y de sus instalaciones, esta documentación técnica debe reflejar sus características en relación con el cumplimiento de la normativa de aplicación.

b) Documento acreditativo de haber solicitado, si procede, la autorización de vertido de aguas residuales a la Entidad Metropolitana de los Servicios Hidráulicos y del Tratamiento de Residuos si el desagüe es al alcantarillado o a la Agencia Catalana del Agua si el vertido es al cauce público o al mar.

c) Documento acreditativo de la forma de recogida y gestión de los residuos. En particular, de la fracción orgánica y de los envases y residuos de envases industriales y comerciales. O bien acreditación de haber solicitado al Ayuntamiento que se encargue de aquellos residuos susceptibles de ser gestionados por el servicio municipal de recogida, de acuerdo con lo que establezcan al respecto la Ordenanza general del medio ambiente urbano y la ordenanza de la tasa, precio público o tarifa correspondiente.

d) Documentos determinados en el anexo IV.B del Decreto 136/1999, o norma que lo sustituya, en el caso de actividades con riesgo de incendio y, en todo caso, documentación que justifique el cumplimiento de la normativa en vigor en materia de prevención de incendios.

e) Relación de instalaciones sometidas a reglamentaciones en materia de seguridad industrial, con indicación de la reglamentación aplicable a cada instalación, y con las certificaciones correspondientes a las diferentes reglamentaciones e instalaciones.

f) Certificación técnica relativa a la ejecución del proyecto, entregada por un técnico competente y visada por el correspondiente colegio profesional.

g) Certificación técnica de conformidad, entregada por una entidad ambiental de control.

h) Resguardo acreditativo de haber satisfecho la cuota de la tasa por la tramitación del procedimiento, de acuerdo con lo que disponga la correspondiente ordenanza fiscal.

 

 

Proyecto técnico de la comunicación previa en Barcelona
Proyecto técnico de la comunicación previa en Barcelona

Proyecto técnico de la comunicación previa en Barcelona

Para este tipo de actividades, el proyecto técnico ha de contener lo siguiente:

        A) Datos básicos de la empresa y del centro o establecimiento.

B) Memoria justificativa con información y datos suficientes sobre:

a) Descripción de la actividad proyectada con expresión de las instalaciones, los consumos de agua combustible y energía, las materias primas, los productos intermedios y los productos finales, con expresión de sus características, cantidades consumidas o producidas y almacenadas y forma de almacenaje.

b) Focos emisores con expresión de su ubicación, características y caracterización de las emisiones, acreditación de la ausencia de efectos contaminantes o justificación de la inocuidad de las emisiones a la atmósfera, y de las emisiones de polvo, de ruidos, de vibraciones, de calor, de olores, de residuos y de aguas residuales.

c) Generación de residuos con expresión de su caracterización, producción estimada, gestión y destinación previstas.

d) Técnicas de prevención y sistemas de control de las emisiones. e) Sistemas de depuración y corrección.

f) Cumplimiento de la normativa urbanística de prevención de incendios y sectorial que sea de aplicación.

C) Información gráfica con:

a) Plano de emplazamiento.

b) Planos detallados de las instalaciones, en planta y alzado.

D) Descripción del medio potencialmente afectado por las emisiones.

 

En Cirtec disponemos de un equipo técnico, que diseñará su proyecto técnico con la memoria descriptiva y los planos imprescindibles para su presentación.

Licencia de apertura en Barcelona de establecimiento: características y condiciones

Están supeditadas a la Licencia municipal de apertura de establecimiento en Barcelona, las actividades comprendidas en el anexo III.1 de esta Ordenanza. Bien en su primer establecimiento o bien cuando requieran un cambio sustancial.

Remitiéndonos a la Ordenanza, la licencia de apertura ha de tramitarse conjuntamente con la licencia de obras. Asimismo, si es imprescindible, ha de gestionarse a la vez que cualquier otra licencia o autorización municipal.

  • Documentación

La licencia de apertura en Barcelona, junto a la licencia de obras, ha de adjuntar una serie de documentos. Asimismo, cualquier otra licencia o autorización, si es el caso, han de ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) La exigida por la legislación urbanística y/o por el ordenamiento sectorial, a los efectos de lo que prevé el párrafo 2 del artículo anterior

b) Proyecto técnico, por triplicado ejemplar, redactado por un técnico competente y visado por el respectivo colegio profesional. El contenido mínimo de este proyecto técnico es el mismo que exige el artículo 15.1 de esta Ordenanza.

c) Documento acreditativo de haber solicitado, si procede, la autorización de vertido de aguas residuales a la Entidad Metropolitana de los Servicios Hidráulicos y del Tratamiento de Residuos si el desagüe es al alcantarillado o a la Agencia Catalana del Agua si el vertido es al cauce público o al mar.

d) Documento acreditativo de la forma de recogida y gestión de los residuos. Rn particular, de la fracción orgánica y de los envases y residuos de envases industriales y comerciales. O bien acreditación de haber solicitado al Ayuntamiento que se encargue de aquellos residuos susceptibles de ser gestionados por el servicio municipal de recogida, de acuerdo con lo que establezcan al respecto la Ordenanza general del medio ambiente urbano y la ordenanza de la tasa, precio público o tarifa correspondiente.

e) Documentos determinados en el anexo IV.B del Decreto 136/1999, o norma que lo sustituya, en el caso de actividades con riesgo de incendio y, en todo caso, documentación que justifique el cumplimiento de la normativa en vigor en materia de prevención de incendios.

f) Relación de instalaciones sometidas a reglamentaciones en materia de seguridad industrial con indicación de la reglamentación aplicable a cada instalación.

g) Documento acreditativo de la designación, por parte del titular de la actividad, del técnico que asumirá la responsabilidad de la ejecución del proyecto y que entregará la certificación acreditativa de la adecuación de la actividad y de las instalaciones a la licencia otorgada. Este documento, visado por el correspondiente colegio profesional, tiene que contener el nombre de la persona designada, su titulación y la dirección profesional.

h) Resguardo acreditativo de haber satisfecho la cuota de la tasa por la tramitación del procedimiento, de acuerdo con lo que disponga la correspondiente ordenanza fiscal.

¿Cuáles son las peculiaridades de la Licencia Ambiental en Barcelona?

La Ordenanza municipal somete a Licencia Ambiental en Barcelona a las actividades comprendidas en los anexos II.1 y II.2. Ésta se aplica tanto en su primer establecimiento como en las posteriores modificaciones sustanciales que quieran introducirse.

Previamente, es requisito indispensable que se solicite una certificación de compatibilidad con el planeamiento urbanístico.

  • ¿Qué documentación es necesaria para esta certificación?

a) Plano de emplazamiento de la actividad proyectada que permita una identificación indudable de la finca.

b) Anteproyecto técnico, por triplicado, suscrito por un técnico competente visado por el correspondiente colegio profesional, que incluirá una memoria y planos descriptivos de la actividad proyectada que expliciten su naturaleza y características principales.

c) Necesidades de uso y aprovechamiento del suelo y del subsuelo.

d) Requerimientos de la actividad respecto a los servicios públicos municipales y, en particular, sobre las condiciones de accesibilidad exterior para los servicios de emergencias y sobre la existencia de barreras arquitectónicas en los recorridos de acceso a la actividad, en caso de que el Código de accesibilidad de Cataluña determine su eliminación.

e) Estudio de movilidad.

f) Evaluación del riesgo asociado al funcionamiento ordinario, así como de lo que podría derivarse de un suceso accidental, como por ejemplo fugas, explosiones, incendios u otros, con expresión del ámbito territorial presumiblemente afectado.

g) Resguardo acreditativo de haber efectuado el ingreso de la cuota de la tasa por la expedición de la certificación que se solicita, de acuerdo con la ordenanza fiscal correspondiente.

 

  • ¿Qué necesita para su Licencia Ambiental en Barcelona?

La Licencia Ambiental en Barcelona ha de ir acompañada de tres ejemplares de la siguiente documentación:

a) Proyecto técnico redactado por un técnico competente y visado por el respectivo colegio profesional. Dicho proyecto debe contener la información detallada en los artículos 37, 38, 39, 40, 41 y 42 de esta Ordenanza.

b) La documentación que sea preceptiva en los aspectos de prevención de incendios, de acuerdo con lo que prevé el artículo 43 de esta Ordenanza, y en los aspectos de protección de la salud pública.

c) Documentación exigida por el Reglamento Metropolitano de Vertidos de Aguas Residuales para la autorización del vertido de estas aguas residuales al alcantarillado municipal o a la red metropolitana de saneamiento. O bien, si el vertido es directo al cauce público o al mar, la documentación exigida por la Agencia Catalana del Agua para otorgar la autorización correspondiente. En este mismo supuesto de vertido directo, pero cuando la actividad esté incluida en el anexo II.2 del Decreto 136/1999, todo ello se acompañará del documento acreditativo de la solicitud de la autorización correspondiente dirigida a la mencionada Agencia Catalana del Agua.

d) Certificación de compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico, entregada por el Ayuntamiento, de acuerdo con lo que prevé el artículo 35 de esta Ordenanza.

e) Estudio geológico que muestre la caracterización del estado inicial del terreno y las medidas de adecuación, en su caso, para la implantación de la actividad. El estudio deberá contener las determinaciones previstas en el artículo 44 de esta Ordenanza. No es preciso la presentación de este estudio cuando los datos se contengan en el proyecto técnico que acompaña a la solicitud, o bien se trate de la primera ocupación del suelo en un polígono industrial que cuente con una evaluación geológica suficiente.

f) Documento acreditativo de la designación, por parte del titular de la actividad, de la persona que asumirá la 12/225 responsabilidad técnica de la ejecución del proyecto y que expedirá el certificado acreditativo de la adecuación de la actividad y de las instalaciones a la licencia otorgada. Este documento debe consignar los datos que contiene el artículo 45 de esta Ordenanza.

g) Estudio de impacto ambiental, preceptivo en caso de que, de acuerdo con el ordenamiento de aplicación, la actividad esté sometida al procedimiento de evaluación y de declaración del impacto ambiental.

h) Opcionalmente, declaración de los datos contenidos en el proyecto técnico y el resto de documentación complementaria con que se acompaña la solicitud de licencia que, según el criterio de quien lo solicita, gocen de confidencialidad. En la declaración se debe expresar la norma, con rango de Ley, que ampara la confidencialidad de los datos.

i) Cuestionario de la actividad cumplimentado por el técnico redactor del proyecto, en el modelo oficial aprobado y suministrado por el Ayuntamiento, con un breve resumen del contenido del proyecto que resulte comprensible para cualquier persona sin conocimientos técnicos.

j) Documento acreditativo de la forma de recogida y gestión de los residuos y, en particular de la fracción orgánica y de los envases y residuos de envases industriales y comerciales. O bien acreditación de haber solicitado al Ayuntamiento que se encargue de aquellos residuos susceptibles de ser gestionados por el servicio municipal de recogida, de acuerdo con lo que establezcan al respecto la Ordenanza general del medio ambiente urbano y la ordenanza de la tasa, precio público o tarifa correspondiente.

k) Cualquier otra documentación que exija la legislación vigente.

l) Resguardo acreditativo de haber efectuado el ingreso de la tasa por la tramitación del expediente, de acuerdo con lo que disponga la correspondiente ordenanza fiscal.

 

  • Proyecto técnico

 El proyecto técnico necesario para la Licencia Ambiental en Barcelona, ha de estar compuesto por:

1) Datos de la empresa:

NIF, nombre fiscal y anagrama, si es el caso, dirección completa y representante legal.

2) Datos de la instalación o establecimiento:

 

Licencia de Apertura en Barcelona
Datos de la instalación y establecimiento

a) Nombre, dirección completa y CCAE.

b) Información gráfica, que comprende:

* Plano del emplazamiento del centro o establecimiento expresado en coordenadas UTM y delimitación del espacio que ocupan las instalaciones sobre una escala 1:5000 con cuadrícula UTM incorporada. En el mismo plano, se tienen que grafiar las infraestructuras y los equipamientos existentes en el polígono o zona donde se emplaza la actividad y que tengan incidencia sobre su evaluación ambiental.

* Plano a escala 1:1000 que exprese la situación con respecto a los edificios o las actividades adyacentes.

* Plano detallado de las instalaciones, planta y sección, a escala adecuada, normalmente entre 1:100 y 1:200.

c) Clasificación y calificación del suelo que ocupa la instalación, según el planeamiento urbanístico vigente.

d) En el supuesto de que la instalación o establecimiento se proyecte sobre una edificación existente, su detalle en el plano a una escala adecuada, normalmente entre 1:50 y 1:100.

e) Características del suelo y del subsuelo que ocupan las instalaciones.

f) Justificación del cumplimiento de la normativa vigente sobre protección del medio ambiente, salubridad, prevención de incendios, establecimientos de pública concurrencia, supresión de barreras arquitectónicas, así como del resto de normativa general y sectorial reguladora de la actividad concreta que se pretenda instalar o modificar.

g) Relación de instalaciones sometidas a reglamentaciones de seguridad industrial, con indicación de la reglamentación aplicable a cada instalación.

h) Justificación del cumplimiento de las disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo, contenidas en los anexos I y IV del Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, o norma que lo sustituya.

i) La documentación o las especificaciones técnicas requeridas por la normativa general y sectorial reguladora de la actividad concreta que se quiera implantar.

 

3) Datos de la actividad:

a) Clasificación de la actividad o actividades que pretenden ejercerse en el centro o establecimiento, según los anexos del Decreto 136/1999.

b) Descripción de la actividad o actividades proyectadas con indicación de las fuentes de las emisiones, el tipo y la magnitud de éstas y las medidas adoptadas para prevenir la transferencia de contaminación de un medio a otro.

c) Descripción de la maquinaria, equipos técnicos, instalaciones, productos o componentes que se van a utilizar, almacenar y producir, incluidos los productos intermedios, con expresión de las cantidades producidas y almacenadas y de la forma de almacenaje, y descripción del proceso de producción.

d) Calendario previsto de la ejecución del proyecto y de la fecha de inicio de la actividad.

 

4) Datos de energía:

a) Tipos de energía y procedencia, potencia nominal y consumo anual.

b) Instalaciones y, si procede, tipos y capacidad de almacenaje.

c) Medidas de ahorro de energía adoptadas, así como la indicación del caudal de suministro de agua necesario para el funcionamiento de la actividad y la fuente de abastecimiento de este último.

5) Medio potencialmente afectado:

a) Delimitación del espacio físico (ámbito territorial) que puede verse afectado para todos y cada uno de los focos emisores de contaminación y la calificación urbanística de estos espacios. Esto se da tanto en el supuesto de funcionamiento ordinario de la actividad como en el caso de eventuales acontecimientos de carácter excepcional, derivados del mal funcionamiento o de accidentes.

b) Calidad del aire y capacidad y vulnerabilidad del territorio dentro del espacio físico que puede verse afectado, en relación con las materias o sustancias que sean objeto de emisión.

c) Calidad de las aguas afectadas por el vertido de aguas residuales.

 

Proyecto técnico para Licencia Ambiental en Barcelona
Proyecto técnico para Licencia Ambiental en Barcelona

Desde Cirtec confeccionamos el proyecto técnico que necesita para su Licencia Ambiental en Barcelona. Incluimos, asimismo, los planos imprescindibles así como servicios de diversa índole que harán que su actividad sea óptima. No vacile en pedirnos presupuesto para su Licencia Ambiental en Barcelona.

 

¿Qué contiene su Licencia Ambiental en Barcelona?

El documento en el que se formalice la Licencia Ambiental en Barcelona, ha de incluir las prescripciones técnicas incorporadas en la resolución. Entregado por el secretario general del Ayuntamiento, ha de hacer constar:

  1. a) Las prescripciones necesarias para la protección del medio ambiente, que detallarán, cuando sea procedente, los valores límites de emisión y las medidas preventivas de control o de garantía que sean procedentes.

 

Documento de la Licencia Ambiental en Barcelona
Documento de la Licencia Ambiental en Barcelona

b) Las prescripciones necesarias relativas a la seguridad y a la protección de la salud pública, así como a la prevención de incendios.

c) Las prescripciones necesarias para la prevención, reducción o eliminación de las molestias que se puedan causar al vecindario, así como las medidas de ahorro de los recursos naturales.

d) Las medidas de gestión de los residuos generados.

e) Las prescripciones necesarias para la conexión de las instalaciones a la red municipal de agua potable y alcantarillado.

f) El sistema o sistemas de control a los que se somete el ejercicio de la actividad para garantizar la adecuación permanente a las determinaciones legales y a las fijadas en la licencia.

g) Las determinaciones específicas establecidas por la normativa sectorial reguladora de la actividad concreta que se quiera ejercer.

¿Qué caracteriza a la autorización ambiental en Barcelona?

La autorización ambiental municipal en Barcelona, se aplica a las actividades expuestas en el anexo I de esta Ordenanza

El proceso es similar al indicado para la Licencia Ambiental en Barcelona.

Por su parte, el contenido mínimo es el siguiente:

a) Valores límite de emisión, que pueden ser sustituidos, según la naturaleza y las características de la actividad, por otros parámetros o medidas equivalentes.

b) Sistemas de tratamiento y control de las emisiones, con especificación del régimen de explotación y de la metodología de medición, la frecuencia de ésta, el procedimiento de evaluación de las mediciones y la obligación de comunicar, con la periodicidad que se fije, los datos necesarios para comprobar el cumplimiento del contenido de la autorización.

c) Determinación de las medidas relativas a las condiciones de explotación diferentes de las normales que puedan afectar al medio ambiente, como son, entre otras, la puesta en funcionamiento, las fugas, los errores de funcionamiento, los paros momentáneos y el cierre definitivo de la explotación.

d) Determinación, si es preciso, de prescripciones que garanticen la protección del suelo y las aguas subterráneas, y de las medidas relativas a la gestión de los residuos generados por la instalación.

e) Fijación, si procede, de medidas para minimizar la contaminación a larga distancia.

f) Determinación, si procede, de la garantía suficiente, según la magnitud de las instalaciones, para responder de las obligaciones derivadas de la actividad autorizada, de la ejecución de todas las medidas de protección del medio ambiente, de los trabajos de recuperación del medio afectado y, si procede, del pago de las sanciones impuestas por las infracciones cometidas a causa del ejercicio incorrecto de la actividad.

g) Fijación del importe mínimo de cobertura de la póliza de seguro por responsabilidad civil por daños ocasionados a causa de la actividad autorizada.

h) Cualquier otra medida o condición que, de acuerdo con la legislación vigente, sea adecuada para la protección del medio ambiente, en conjunto, afectado por la actividad.

 

¿Cómo se regularizan las actividades y establecimientos de concurrencia pública de Barcelona?

La ORDENANZA MUNICIPAL DE LAS ACTIVIDADES Y ESTABLECIMIENTOS DE CONCURRENCIA PÚBLICA DE BARCELONA establece, por un lado, su objeto y, por otro, clasifica las actividades recreativas y establecimientos públicos.

Esta Ordenanza regula la ordenación e intervención municipal de las actividades y establecimientos sujetos a la legislación específica. Se refiere a los reglamentos en materia de política de espectáculos, actividades recreativas y establecimientos de pública concurrencia.

También contempla, con carácter general, el contenido de Planes especiales de usos que comporten el ejercicio de actividades en establecimientos de concurrencia pública.

Esta clase de actividades están sujetas al régimen de Licencia municipal, previo al comienzo de la mismas.

Seguidamente, detallamos las diferentes clasificaciones que realiza la citada Ordenanza.

Clasificación en función de la tipología del establecimiento

Según la Ordenanza,, los espectáculos y actividades recreativas se pueden ejercitar en los siguientes tipos de establecimientos:

1) Establecimientos estables en una edificación completamente cerrada.

2) Establecimientos estables en un recinto cerrado o al aire libre.

3) Estructuras desmontables, con o sin carácter itinerante.

4) Establecimientos y/o manifestaciones recreativas de gran magnitud, en espacios abiertos o en la vía pública.

5) Establecimientos en edificios, recintos o entornos de remarcable valor arquitectónico, histórico o cultural.

Clasificación en función del carácter físico, eventual o extraordinario

La Ordenanza establece que las actividades recreativas ejercidas en establecimientos de concurrencia pública, pueden ser de carácter físico, eventual o extraordinario.

Las actividades de carácter físico son las que se ejercen de manera permanente.

Las de naturaleza eventual, son las que se llevan a cabo durante un tiempo determinado.

En cuanto a las de tipo extraordinario, son las que se practican de forma esporádica o puntual.

Clasificación del establecimiento en función del objeto de su actividad
Clasificación del establecimiento en función del objeto de su actividad

 Clasificación del establecimiento en función del objeto de su actividad

Por otro lado, la Ordenanza municipal establece una clasificación exhaustiva de las actividades. Básicamente, las incluye en dos grandes apartados

1) Espectáculos, actividades de exhibición y espectáculo.

2) Actividades recreativas.

No dude en ponerse en contacto con nosotros si quiere abordar un espectáculo de índole pública o actividad recreativa. Le asesoraremos al respecto.

Impresos para su actividad en Barcelona

Seguidamente, le brindamos los documentos que ha de cumplimentar en función del tipo de actividad que quiera acometer:

Licencia de ocupación de puesto de venta de helados

Licencia de ocupación de la vía pública por quioscos de flores y caramelos

Licencia de ocupación de puesto de churrería y castañas

Consulta del permiso para iniciar una actividad o instalación en Barcelona

Permiso para la colocación de banderolas en la vía pública

Licencia para la instalación de una terraza en Barcelona: solicitud, modificación y adaptación a la normativa

Comunicación previa al inicio de actividad con proyecto técnico

Comunicación previa al inicio de actividad sin proyecto técnico

Concesión del uso de quioscos de prensa

Licencia urbanística de edificio para vivienda de uso turístico y otros usos compatibles

Licencia de ocupación de instalaciones de servicios en las playas

Autorización ambiental o licencia de actividades

Comunicación previa de viviendas de uso turístico al Ayuntamiento de Barcelona

Informe urbanístico previo a una comunicación de actividades

Apertura de estancos

¿Qué otros servicios le ofrecemos?

 Además de asesorarle y ofrecerle proyectos técnicos, memorias descriptivas y planos, nuestra empresa cuenta con otros servicios como:

– Proyecto de Instalación eléctrica de baja tensión y media tensión

– Proyecto de Instalación de protección contra incendios

– Documentación Técnica de Instalación de climatización

–  Proyecto de Instalación de refrigeración

– Memoria técnica y planos para Declaración Responsable

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Declaracion responsable en Sabadell

Precio de Licencia de Actividad en Badalona

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