En Madrid se puede ampliar el aforo permitido de un local.
Ahora se puede aumentar el aforo de un local en el Municipio de Madrid, en base a la Instrucción sobre la sistematización y racionalización de la normativa y de los criterios aplicables para la determinación del aforo.
¿En cuántas personas se puede incrementar el aforo?
Este incremento de aforo en Madrid capital para Bares, Discotecas, Bares de copas, Restaurantes, Salones de banquete, etc, puede realizarse modificando la licencia de que disponga el establecimiento, pudiéndose alcanzar en algunos casos un aumento de aforo de hasta un 50%.
¿Se deben realizar obras o cambios en el establecimiento?
La modificación de aforo, lógicamente, no puede mermar la seguridad del establecimiento, por lo que en ningún caso podrá superarse la capacidad de evacuación del mismo, siendo éste el punto en el que nuestros ingenieros y arquitectos estudiarán el caso y plantearán las diferentes alternativas posibles para alcanzar un incremento de aforo satisfactorio.
En el Anexo a la Instrucción mencionada se establecen las condiciones y consecuencias de este aumento de aforo, debiendo tener en cuenta todas las normativas que pueden afectar al expediente, tales como: CTE (Código Técnico de la Edificación), especialmente el DB SI (Docmento Básico de Seguridad contra Inciendios), LEPAR (Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid), Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, OPI (Ordenanza de Prevención de Incendios del Ayuntamiento de Madrid de 28 de junio de 1993), y demás normativa que pudiera afectar a instalaciones específicas.
Esperamos que este post sea de utilidad, y no olvidéis que os podemos ayudar a abrir o modificar vuestro negocio tramitando la Licencia de Apertura, Declaración Responsable o Autorización de Instalación específica que necesites.